Ley de Seguridad Integral y Fortalecimiento de la Fuerza

Lasso propone reformas, nuevos delitos, incremento de penas y militares.

Por Karla Calapaqui

“El elitismo penal invoca los intereses de ciudadanos a los que nunca escuchan, mientras que el populismo penal invoca la voluntad de un pueblo al que nunca convoca” Roberto Gargarella

 

El 25 de enero, Guillermo Lasso presentó a la Asamblea el proyecto de Ley Orgánica de Seguridad Integral y fortalecimiento de la Fuerza Pública.  Este texto contiene 46 artículos, 5 disposiciones y reforma 6 leyes: la ley de Seguridad Pública del Estado, Código Orgánico de las Entidades de Seguridad ciudadana y Orden Público, la ley de Servicio Público, el Código Integral Penal, la ley Orgánica de Extinción de Dominio y el Código Orgánico de la Función Judicial. 

Mayor participación de las FFAA 

“Se reformará, añadió, la Ley de Seguridad Pública y del Estado para mejorar la cooperación entre policías y Fuerzas Armadas, “sin esperar estados de excepción, sino en tiempo regular” Guillermo Lasso 

En resumen, el gobierno de Lasso busca una mayor participación de las Fuerzas Armadas en el orden interno del país, y además en el control penitenciario que estaría siendo parte de los sectores estratégicos.

Torciendo la interpretación de estados de excepción como estados de emergencia, en el art. 14 señala que el Presidente en cualquier momento podrá declarar el Estado de emergencia y además “El estado de emergencia obliga a las entidades que integran el Sistema de Seguridad Pública y del Estado a coordinar y cooperar, cada una de ellas en el ámbito de sus competencias, para enfrentar o mitigar la emergencia”. 

Esto quiere decir la participación activa de las FFAA conjuntamente con la Policía, en la seguridad interna. Y una y otra vez, está documentado y demostrado que la presencia de militares en las calles, abre las puertas a la violación de derechos humanos, esto por su naturaleza y preparación para la guerra no para la seguridad ciudadana. Estándares internacionales de derechos humanos señalan la necesidad de limitar la presencia de las FFAA en el control interno. No nos engañemos, el objetivo también es que las fuerzas Armadas participen activamente en el control de protestas sociales. 

En el artículo 4 se habla de la legitimidad del uso legítimo de la fuerza que establece que las entidades facultadas para usar la fuerza con potencial letal son las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional, y añade al Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciario. Esto contrariamente a lo dispuesto por Dictamen Constitucional de octubre de 2019 5-19-EE/19A que señala claramente a “la Policía y Fuerzas armadas como las únicas entidades que pueden ejercer la fuerza”. No nos olvidemos del caso Turi. 

Sobre el uso progresivo de la fuerza, en los artículos 5, 6 y 7 de este proyecto hay ambigüedades y contradicciones, en lo que tiene que ver a niveles, principios y amenazas. ¿Y los principios de Humanidad? Se habla de “El nivel del uso progresivo o racional de la fuerza dependerá de la actuación del presunto infractor, por tanto, el uso progresivo de la fuerza puede iniciarse en cualquier nivel e incrementarse o reducirse gradual o repentinamente”.

Es decir, recae todo el peso sobre la actuación del supuesto infractor. Se justifica en los hechos el uso de la fuerza en todos los niveles, no hay gradualidad, ni procedimiento. Como le van hacer?

 

Patrocinio del Estado a policías 

“Que no pase lo del policía, cabo Santiago Olmedo, que tiene que él mismo asumir el costo de su defensa. A partir de ahora será el Estado el que asuma el costo de la defensa de los policías y elementos de las Fuerzas Armadas que resulten enjuiciados por el cumplimiento de su deber” Guillermo Lasso 

El texto, además, abre la puerta a la impunidad (o al menos la facilita) de agentes de la fuerza pública en cuanto a excesos en el uso de la fuerza. Los medios de comunicación y el mismo gobierno se encargaron de ensalzar y justificar el accionar del policía Olmedo que disparó 11 veces sobre un supuesto delincuente que ya estaba sometido y que tenía un cuchillo. Y no solo eso, expresaron públicamente su desacuerdo con las decisiones judiciales, ejerciendo presión política y mediática. 

Que fácil, el Estado te da la palmadita en la espalda y además te defiende, en el art. 17 el texto establece el patrocinio legal del Estado, ya sea directo o por contrato, de los servidores policiales en investigaciones y procedimientos penales por hechos relacionados por actos de servicio. Además, el financiamiento estatal para este fin.

Incremento de penas y nuevos delitos 

“Se necesitan medidas profundas para respaldar el accionar de la fuerza pública” Guillermo Lasso 

Varias son las experiencias en América Latina de sectores dominantes que hablan de fomentar el endurecimiento de penas, el castigo, el control y represión de la sociedad. Insisten en la utilización del derecho penal como fin y solución a problemáticas sociales, políticos que hablan en nombre del pueblo, practicas populistas para obtener votos, para remontar en las encuestas o para simplemente dar una respuesta frente a la opinión pública. 

Y ahí vamos de nuevo, como cada gobierno de turno, Lasso se inclina por el incremento de penas, como en el art. 22 respecto a los colaboradores de grupos delincuenciales de 7 a 10 años, o el art. 20 sobre el porte de armas, el incremento de una pena de 1 a 3 años. O la creación de nuevos delitos, como en el art. 21 “Actos de terrorismo en centros de privación de libertad”.

Y así, seguimos en una espiral de crear nuevos delitos e incrementar penas. Desde el 2014 con la vigencia del nuevo COIP, la población carcelaria se triplicó y contrariamente la inseguridad ha crecido. En 2014, "las cárceles estaban ocupadas por 23.531 personas". Y en abril de 2019 cerca de 40 mil personas estaban recluidas aunque la infraestructura física tiene capacidad solo para 27.742.

Varios países como Colombia o Brasil, involucrados en una política criminal reactiva y punitiva, evidencian que los crimines no disminuyen, el hacinamiento en las cárceles continua y que la inseguridad sigue avanzando. El endurecimiento de penas no significa disuadir conductas delictivas. 

Se permite a los GADS administrar cárceles 

Y este cuerpo legal no para ahí, busca también que el Estado deslinde su responsabilidad frente a los CRS. En el art 38, dispone que “Los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales podrán asumir la administración de los centros de privación de libertad provisional en sus cantones”.

Además de inconstitucional es otra carga más a las dificultades financieras de los GADS, a los problemas de administración, a los hechos de corrupción y la inexperiencia. Esto profundizará la crisis en los centros de detención. 

Creación de un Consejo Nacional de Política Criminal 

Esta instancia estará conformada por cerca de 11 organismos del Estado, que establecerán un Plan de Política Criminal: un diagnóstico de la criminalidad y las respuestas del Estado. Pocas esperanzas de que haya respuestas estructurales. El neoliberalismo y la política criminal estarán de la mano, este es el modelo punitivo que desarrollaran para “combatir la inseguridad” como lo hacen, al estilo neoliberal, para “combatir la pobreza”. 

Respuesta improvisada 

Lamentablemente mientras se impulse una política criminal reactiva, coyuntural, sin mayor profundidad en cuanto a las causas de la proliferación de la delincuencia, ni la seguridad ni la crisis carcelaria serán resueltas.

Según el gobierno, esta ley “enfrenta el problema de la crisis carcelaria y de la delincuencia organizada”. En el mencionado proyecto, se menciona 5 veces “seguridad integral”, sin desarrollarla, sin profundizar o explicar que se entiende por seguridad integral. 

El gobierno está pasando por encima la crisis económica que vive el pueblo ecuatoriano, el desempleo que afecta a 8 de cada 10 ecuatorianos, la falta de oportunidades para nuestros jóvenes, la deficiencia en educación, salud, los problemas de salud mental, la violencia familiar y de género, desigualdades sociales que son semilleros para la criminalidad y para las bandas de narcotráfico, etc. Si no hay políticas para cambiar esto, el endurecimiento de penas, las reformas penales, los nuevos delitos y los militares en las calles no solucionaran nada, al contrario. 

Este proyecto de ley populista no avizora una política de verdadera rehabilitación, o políticas públicas integrales, educación, salud, vivienda, trabajo que permitan la reinserción en la sociedad.

Garrote y duras penas, perfeccionamiento del crimen y más cárcel y, un gobierno que sigue pauperizando a la población, recortando presupuesto a las áreas sociales, feriando los recursos del Estado y beneficiando, con sus políticas, a los más ricos. ¿Qué puede salir mal?

Si, los más ricos, los intocables del sistema penal, que nunca pisaran una cárcel, porque la ley y la cárcel están hechos para el que roba una gallina, para los más pobres.

La política criminal que el gobierno ecuatoriano avizora implementar, legitima el accionar del Estado represor y sus instrumentos de control en nombre de combatir la inseguridad. Una política que como históricamente ha sido, criminaliza la pobreza y la miseria, condiciones para un negocio rentable del capital.

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